La organización no gubernamental Acceso a la Justicia advirtió este jueves que la convocatoria repentina a fraudulentas elecciones municipales del próximo 27 de julio, realizada por el Consejo Nacional Electoral (CNE), viola principios básicos del ordenamiento jurídico electoral venezolano y representa una nueva vulneración al derecho al sufragio libre y equitativo.
En un comunicado, la ONG especializada en análisis jurídico detalló cinco aspectos clave que ponen en duda la transparencia y legitimidad del proceso electoral, que se desarrollará apenas dos meses después de los comicios regionales y legislativos del 25 de mayo.
1. Convocatoria exprés y fuera de plazo legal
Acceso a la Justicia denunció que la convocatoria fue realizada con solo 53 días de antelación, cuando la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) exige un plazo mínimo de seis meses. Esto impide una organización adecuada, más aún tratándose del proceso electoral más complejo del país, en el que se elegirán 335 alcaldes y 2.417 concejales, incluidos representantes indígenas.
2. Cierre arbitrario del Registro Electoral
El CNE cerró el Registro Electoral el mismo día del anuncio, sin permitir la inscripción de nuevos votantes ni la actualización de datos, afectando especialmente a jóvenes y migrantes retornados. Esto, según la ONG, restringe el derecho a participar y mina la confianza en el sistema electoral.
3. Opacidad e improvisación
El cronograma fue difundido de manera informal en redes sociales y canales no oficiales. La campaña electoral durará solo 14 días, del 11 al 24 de julio, y el lapso de postulaciones fue inicialmente de apenas cuatro días. “Se impide a los candidatos darse a conocer y al electorado acceder a información veraz y completa”, denunció la organización.
4. Inhabilitaciones arbitrarias y sin debido proceso
La ONG cuestionó que varios alcaldes opositores han sido inhabilitados por la Contraloría General de la República (CGR) sin notificación ni derecho a la defensa. A ello se suman detenciones arbitrarias, como la del alcalde de Maracaibo, Rafael Ramírez Colina.
Además, el TSJ negó el acceso a la justicia en casos como los de los alcaldes Elías Sayegh (El Hatillo) y José Fernández (Los Salias), al declarar inadmisibles los recursos legales que interpusieron. El tribunal exigió documentos que no existían, ya que los actos administrativos nunca fueron notificados, lo que configura una vía de hecho.
Acceso a la Justicia recordó que la norma en que se basan estas sanciones, el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría, es inconstitucional por contradecir el artículo 65 de la Constitución y el artículo 23.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que exigen una sentencia judicial firme para restringir derechos políticos.
5. Partidos opositores judicializados
La ONG también advirtió que el tarjetón electoral incluye organizaciones políticas intervenidas por el TSJ, como AD, Copei, Primero Justicia, Voluntad Popular, el PCV, entre otros, lo que distorsiona la oferta electoral y limita la representación auténtica de las fuerzas opositoras.
“El voto no es libre ni equitativo”
Acceso a la Justicia concluye que estos nuevos comicios “reproducen y agravan los vicios del 25 de mayo”, al celebrarse sin garantías, sin tiempo suficiente, con un registro cerrado, partidos intervenidos, líderes inhabilitados, y con opacidad informativa.
“Todo ello limita gravemente el derecho a elegir y ser elegido, y socava la confianza ciudadana en el sistema electoral”, señaló la ONG.