La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) celebrará una audiencia pública sobre el fondo y eventuales reparaciones en el Caso Trujillo y otros vs. Venezuela, referido a la represión ilegal de una manifestación ocurrida el 11 de abril de 2002.
En el marco de su 196.° período ordinario de sesiones, que se desarrollará del 5 al 16 de octubre de 2026, en San José, Costa Rica, la Corte IDH realizará la audiencia sobre Venezuela de forma presencial el miércoles 14 de octubre, a partir de las 9:00 horas.
El caso se refiere a la responsabilidad internacional del régimen chavista por el uso desproporcionado de fuerza letal durante la marcha convocada el 11 de abril de 2002 que pretendía llegar hasta el Palacio de Miraflores.
Más de dos décadas de impunidad
Según el escrito de sometimiento presentado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ante la Corte, se ha documentado que agentes de la Guardia Nacional dispararon contra los manifestantes en las inmediaciones de El Silencio. En ese contexto, murieron Jhonny Palencia, Juan David Querales y Víctor Emilio Reinoso, y resultó herido de bala Fernando Joel Sánchez Colmenares.
Además, la CIDH documentó que la participación de personas identificadas como parte de los llamados Círculos Bolivarianos que dispararon desde Puente Llaguno. En ese episodio murieron Jesús Orlando Arellano, Jesús Mohamad Capote, Orlando Rojas y José Antonio Gamallo, y resultaron heridos José Antonio Dávila Uzcátegui, Elías Belmonte Torres, Jean Carlos Serrano y Andrés Trujillo.
En su remisión a la Corte, la CIDH afirmó que «existen suficientes elementos para determinar que los hechos del presente caso atribuibles a los “Círculos Bolivarianos” ocurrieron con la colaboración o al menos la aquiescencia de la Fuerza Pública».
La CIDH concluyó que el Estado venezolano no demostró haber realizado un uso legítimo, necesario y proporcionado de la fuerza letal, y que incumplió su deber de garantizar una investigación adecuada, lo que mantiene una situación de impunidad más de dos décadas después de los hechos. La Comisión determinó que el Estado venezolano violó los derechos a la vida, la integridad personal, las garantías judiciales, el derecho de reunión y la protección judicial, y solicitó a la Corte que ordene medidas de reparación integral, la conducción de una investigación efectiva, y garantías de no repetición, entre ellas limitar el uso de las Fuerzas Armadas en labores de orden público a situaciones excepcionales.














