La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sometió el 11 de mayo de 2026 ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el Caso N.º 14.477, Gustavo Enrique Carrero Angarita y familia vs. Venezuela, relacionado con la detención ilegal y arbitraria, tortura, afectaciones a la salud y vulneraciones a las garantías judiciales y a la protección judicial sufridas por el teniente de Fragata de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.
El caso fue presentado ante la CIDH el 10 de abril de 2019. Según los antecedentes, Carrero Angarita fue convocado en mayo de 2018 a la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM), donde fue acusado de “traición a la patria, incitación a la rebelión y delito contra el decoro militar” y detenido sin orden judicial ni flagrancia.
De acuerdo con la CIDH, el militar permaneció cinco días incomunicado antes de ser presentado ante un tribunal militar y, al momento del análisis, el proceso penal en su contra continuaba abierto sin una sentencia definitiva.
La CIDH concluyó que el Estado venezolano es responsable por la violación de los derechos a la integridad personal, libertad personal, garantías judiciales, protección judicial y salud de Carrero Angarita, contemplados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, además de determinar el incumplimiento de disposiciones de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, y también estableció que Venezuela no garantizó condiciones dignas de detención ni atención adecuada a la salud del teniente de Fragata, por lo que la situación de impunidad generó afectaciones a la integridad psíquica y moral de su esposa.
Con la remisión del caso a la Corte IDH, corresponderá ahora al tribunal interamericano determinar las responsabilidades y eventuales reparaciones conforme a sus competencias.
Con información de CIDH














