La ONG Acceso a la Justicia advirtió que el debate realizado este martes 13 de octubre en la Asamblea Nacional chavista sobre la autorización de viaje de la encargada del régimen, Delcy Rodríguez, constituye una convalidación retroactiva, debido a que la funcionaria se encuentra en Roma desde el pasado domingo 11 de octubre.
«Este procedimiento reduce el contrapeso del Poder Legislativo a un trámite burocrático, desnaturaliza la función de control parlamentario sobre el Gobierno nacional y vulnera el principio de separación de poderes contemplado en el artículo 136 de la Carta Magna«, destacó la ONG.
La ONG señaló que el permiso parlamentario se tramita como un hecho consumado tras la salida de la mandataria del territorio nacional.
De acuerdo con el análisis legal presentado por la organización, «el artículo 235 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece que la ausencia del país por parte de quien ejerce la Presidencia requiere autorización del Parlamento cuando supera los cinco días consecutivos».
Acceso a la Justicia precisó que «el espíritu de esta norma radica en garantizar un control político preventivo para asegurar la continuidad institucional y evitar vacíos de poder durante la gestión del Ejecutivo».
La ONG enfatizó que la práctica de otorgar avales extemporáneos transforma la figura de la autorización previa en una simple ratificación formal.
#AlertaLegal La Asamblea Nacional (AN) debate hoy #13Oct el permiso de viaje para la presidenta encargada, Delcy Rodríguez Gómez. Sin embargo, se trata de un hecho consumado, ya que la mandataria se encuentra en Roma desde el pasado domingo #11Oct. ¿Qué implica esto? Te lo contamos en este hilo.
El artículo 235 de la CRBV establece que la ausencia del país de quien ejerce la Presidencia de la República requiere autorización del parlamento nacional cuando supere los 5 días consecutivos, es decir que viajes de menor duración no requieren en teoría el permiso formal del Parlamento.
El espíritu de esta norma es garantizar el control político preventivo para asegurar la continuidad político-administrativa del Presidente de la República y evitar vacíos de poder.
Es así que, la aprobación (después del viaje) por parte de la AN transforma la figura de la autorización en una ratificación o convalidación. De hecho, al salir del territorio nacional la presidente encargada sin el permiso legislativo previo (asumiendo que el viaje rebasará los 5 días), el Ejecutivo incurre en una inobservancia de las exigencias constitucionales para la estabilidad institucional.
Para Acceso a la Justicia, un aval tardío no es una autorización real. La AN reduce este contrapeso constitucional a un mero trámite burocrático, vaciando la función de control que debe ejercer sobre el Gobierno nacional.
Esta práctica de la AN de aprobar los viajes de la presidenta encargada de manera retroactiva, en el fondo desnaturaliza el control parlamentario y vulnera el principio de la separación de poderes (artículo 136 CRBV) #JusticiaVe
— Acceso a la Justicia (@AccesoaJusticia) October 13, 2026














